Lausanne, 11 de marzo de 2011
Por Correo electrónico a todos los Secretarios Generales de las Asociaciones Nacionales
Adjunto a la presente se incluyen las nuevas Regulaciones sobre Eventos Autorizados y No autorizados, que fueron aprobadas en nuestra reuniones del 4 al 6 de marzo de 2011 y que son de efecto inmediato. Ya he conversado con muchos de ustedes acerca de estas regulaciones, pero no con todos, por lo que estoy agregando a ésta alguna información básica sobre estas nuevas regulaciones y las acciones que la FIH requiere de las Asociaciones Nacionales para poder implementarlas.
Antecedentes de las Nuevas Regulaciones FIH
Manteniéndose en línea con el Plan Estratégico FIH y poniendo el foco en el gerenciamiento de eventos, la Junta Ejecutiva FIH cree que es muy importante confirmar y clarificar, como parte central de las regulaciones deportivas, el derecho de la FIH, Federaciones Continentales, y ustedes las Asociaciones Nacionales de controlar el calendario de juego del deporte.
Esto no es para quitarle interés e inversión, todo lo contrario. Es más para asegurar que (1) como custodias del deporte, podamos entre nosotros asegurar que los eventos que se desarrollen en nuestro territorio y /o involucren a nuestros clubes y/o atletas estén estructurados y organizados de manera que protejan la integridad a largo plazo del deporte como un todo; y ustedes como Asociaciones Nacionales también puedan asegurar que sus atletas continúen dando precedencia a vuestros equipos nacionales sobre la participación en otros eventos.
En ese extremo, note que las nuevas regulaciones FIH:
- Requieren que el organizador de evento obtenga la autorización de la Asociación Nacional (para un evento netamente nacional) y/ o el de la Federación Continental/ o FIH (para eventos que traspasen las fronteras y/o involucren algún elemento internacional) antes que ese evento pueda incluirse en el calendario oficial de competencias;
- Requieren que las Asociaciones Nacionales y las Organizaciones, atletas y otros individuos bajo la jurisdicción de las Asociaciones Nacionales solamente participen en eventos autorizados; y
- Requieren que un atleta obtenga un Certificado de No Objeción de su Asociación Nacional de origen (de la Asociación en que el/la atleta está calificado/a para representar en competencias internacionales) antes de participar en un evento organizado o autorizado por otra Asociación Nacional.
Que debe hacer ahora?
Cada Asociación Nacional debe ahora adoptar regulaciones implementando estos requerimientos en su propio territorio, y estableciendo los procedimientos donde (i) los organizadores de eventos puedan solicitar su autorización para eventos netamente domésticos desarrollados en su territorio; y (ii) sus atletas puedan solicitar su permiso para participar en otros eventos autorizados organizados por otras Asociaciones Nacionales. Esto debe hacerse antes del 31 de marzo de 2011.
Para asistirlo en el cumplimiento de este plazo, la FIH ha preparado un conjunto de modelos de regulaciones y cuyas copias se adjuntan. Deberá revisar estos modelos atentamente, y hacer cualquier modificación o agregados necesarios para reflejar sus particularidades domesticas, antes de adoptar estos modelos de regulaciones. También quizás necesite revisar sus regulaciones disciplinarias para asegurar que le permitan implementar las regulaciones efectivamente. Esperamos que estos modelos sean un buen punto de partida.
Aprobaciones Anticipadas
Verá que las nuevas Regulaciones FIH son una guía para Asociaciones Nacionales en cuanto a los factores que deben tener en cuenta para autorizar eventos domésticos y/o extender certificados de No Objeción. Esa guía está reflejada en los modelos de regulaciones.
Además verá que las regulaciones, permiten expresamente y alientan que usted (i) autorice eventos particulares o categorías de eventos con anticipación; y (ii) extienda Certificados de No Objeción con anticipación para eventos específicos o categorías específicas. Este poder se ha incluido en los modelos para ayudar a minimizar el escollo administrativo que se presenta al tratar de avanzar con las regulaciones.
Las nuevas regulaciones deben aplicarse prospectivamente y no retrospectivamente.
Por favor note que las nuevas regulaciones solamente pueden aplicarse prospectivamente; no debe darse efecto retrospectivo. Por consiguiente las regulaciones no aplican a eventos a realizar antes del 31 de marzo de 2011 o para compromisos acordados antes del 31 de marzo de 2011 para participar en eventos que tendrán lugar después del 31 de marzo de 2011. Estas regulaciones deben aplicarse a todos aquellos compromisos de participación asumidos después del 31 de marzo de 2011.
Por favor asegúrese implementar estas regulaciones rápidamente en su territorio y publíquelas de forma tal que le permita implementarlas como se requiere, antes del 31 de marzo de 2011, y en adelante. No poder implementarlas significará el incumplimiento de Regulaciones FIH y puede resultar en una sanción disciplinaria de acuerdo a los Estatutos FIH.
Solicitando autorización de la FIH para eventosA toda persona que desee organizar un evento para el que se requiera la autorización de la FIH se le debe entregar el documento “Solicitando autorización a la FIH para un evento”, que lo guiará como debe hacerse esa solicitud.
Debe notarse, sin embargo, que la FIH ha ejercido su poder bajo las Regulaciones de la FIH para garantizar la autorización anticipada para todos los eventos listados en el calendario oficial FIH al 1 de marzo de 2011.
Más información
Si tiene preguntas sobre las regulaciones, o que es lo que ahora necesita hacer para implementarlas, por favor contacte al Gerente de Competencias FIH Martyn Gallivan.
Atentamente
Kelly Fairweather
Chief Executive Officer
Adjuntos:
- Nuevas Regulaciones FIH para Eventos Autorizados y no autorizados
- Hoja de información ‘Solicitando autorización a la FIH para un evento.’
- Modelo para implementación de las Regulaciones FIH para Eventos Autorizados y no autorizados, para una Asociación Nacional
- Hoja de Información para Solicitud de Certificado de No Objeción.
- Modelo para Asociación Nacional de Certificado de No Objeción.